Las reglamentaciones de la Facultad de Psicología, se rigen según el Reglamento General de la Universidad.
Nuestra Facultad, presenta una diferenciación en cuanto al régimen de promoción que según la Res. 097/03 de Consejo Superior de la Universidad se agrega Lic. en Niñez, y que en el Art. 1º de su parte resolutiva expresa:
“ Art.1º: Aprobar el régimen de promoción de las Carreras: “Lic., en Psicología-Plan 99”, “Lic. en Minoridad y Familia” y Lic. en Criminalística” de la Facultad de Psicología, (en la actualidad, se incluyen Adolescencia y Familia y Lic. en Seguridad Ciudadana) conforme lo dispuesto por el Art., 222”, último párrafo, del Reglamento General de la Universidad, de acuerdo al siguiente detalle:
Para inscribirse a 2º año, el alumno debe tener rendidas como mínimo dos asignaturas. Para ser promovido a 2º año, deberá tener rendidas como mínimo 3 (tres) asignaturas al 31 de julio del cursado de dicho año.
Para ser promovido a 3º año, el alumno deberá tener aprobado 1º año completo;
Para ser promovido a 4º año, el alumno deberá tener aprobado 1º y 2º año.
Para ser promovido a 5º año, el alumno deberá tener aprobado 2º y 3º año.
El alumno deberá rendir en forma correlativa las asignaturas del Plan de Estudios.
En el caso que el alumno adeude asignaturas, para ser promovido, según los puntos a), b) y c), deberá tenerlas rendidas y aprobadas al turno de exámenes del mes de julio del respectivo ciclo académico.”
Otras resoluciones reglamentarias para los alumnos