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C.I.U.D.A.
Consejo de Investigaciones de la
Universidad Del Aconcagua

CONCURSOS DE PROYECTOS CIENTÍFICOS 2007

:: Grilla de evaluación
:: Formulario
:: Becarios
:: Pertinencias
:: Formato de rendición de cuentas

ANEXO I
BASES PARA EL LLAMADO A CONCURSO DE PROYECTOS CIENTÍFICOS BI-ANUALES 2007

REGLAMENTO

1. Del origen de los fondos para investigación otorgados por el CIUDA       
1.1. El Consejo Superior de la Universidad establece en el presupuesto general un monto destinado a las tareas de investigación de las distintas unidades académicas y que correspondan a los proyectos que hayan logrado el puntaje necesario para ser aceptados.
1.2. Esta asignación para investigación está constituida por aportes iguales y obligatorios de cada una de las unidades académicas de la Universidad.
1.3. Estos fondos serán distribuidos íntegramente en investigación mediante subsidios otorgados por concursos reglamentados según los aspectos detallados a continuación.

2. Asignación de los fondos para investigación
Se procederá a seleccionar un total de  treinta y seis (36) proyectos de investigación, seis (6) por unidad académica  y seis (6) inter-unidades, a razón de:
Tres (3) para Grupos Consolidados, con la siguiente asignación:

  • Hasta $ 5.000 para el primer proyecto
  • Hasta $ 3.500 para el segundo
  • Hasta $ 2.500 para el tercero

Tres (3) para Grupos de Reciente Formación, con la siguiente asignación:

  • Hasta $ 3.500 para el primer proyecto
  • Hasta $ 2.500 para el segundo
  • Hasta $ 2.000 para el tercero

ESTOS VALORES SON POR CADA AÑO
3. De los Proyectos
3.1. Tipos de proyectos
3.1.1. Se llama a concurso a proyectos de Ciencias Básicas, Aplicadas  y de Transferencia. Pueden ser cada uno de ellos llevados a cabo por:

  • Grupos consolidados  o,
  • De reciente formación;

Además, pueden corresponder a una sola unidad académica, o corresponder a más de una (inter-unidades).
3.1.2 Para distinguir ambos grupos se solicitará a los Directores que se presenten a una u otra categoría. Los siguientes antecedentes - del director o de alguno de los integrantes- se considerarán para grupo consolidado:

  • Número de publicaciones, patentes y transferencias:
    • si el grupo tiene una producción de más de dos publicaciones internacionales con referato; o
    • más de cuatro nacionales con referato; o
    • presentaciones a congresos en forma regular – 1 ó 2 presentaciones en reuniones nacionales e internacionales; o
    • la existencia de patentes y transferencias que el equipo hubiera presentado;
  • Antigüedad en el área de la ciencia: se considerarán los trabajos y publicaciones por el Director o alguno de los integrantes del grupo desde hace 2 años, o más;
  • Formación de recursos humanos: Si el director y/o su equipo de trabajo ha dirigido tesis doctorales, maestrías, tesinas de grado.

3.1.3. Se llama a concursos de proyectos:

  • Que involucren a una sola unidad académica, y concursan con el resto que se presentan en esa unidad.
  • Que involucren a más de una unidad académica, y concursan con los otros proyectos que tienen esa conformación inter-unidades.

            3.1.4. Ambas conformaciones, por unidad o inter-unidades, respetarán la distinción entre “grupos consolidados” o “grupos de reciente formación”.
            3.1.5. Los grupos de reciente formación pueden incluir la presencia de un Tutor, cuya calificación afectará el puntaje final.

3.2. Condiciones para que los proyectos resulten elegibles:
Los proyectos deben :

  • ser presentados en formulario ad hoc (Anexo VI) y antes de la fecha de cierre fijada para el Concurso: Martes 21 de marzo de 2007, hasta las 20 hs.
  • ser presentados por profesores y/o investigadores de la Universidad, que serán denominados Directores del proyecto;
  • ser aprobados por el CIUDA a instancias de la evaluación realizada por evaluadores externos;
  • ser presentados en la Secretaría de la unidad académica a la que pertenezcan los  proyectos, la que se establecerá como dirección para todas las comunicaciones relacionadas con el presente Concurso. Si se tratare de un proyecto inter-unidades, cualquiera de ellas podrá establecerse como sede y deberá ser conservada como tal.
  • Ser desarrollados en dos años

3.3. De los gastos y compras subsidiadas 
Las asignaciones otorgadas a cada proyecto podrán subsidiar solo tareas inherentes al mismo y por los siguientes conceptos:

  • Compra de materiales a proveedores nacionales o internacionales. Deben  ser nacionalizados según la reglamentación vigente para las importaciones;
  • gastos de librería;
  • compra de libros;
  • viajes;
  • inscripciones a Congresos;
  • suscripciones a revistas
  • pagos a terceros, previstos en el proyecto presentado
  • otros sin asignación específica (hasta el 30% del monto aprobado).

            Los rubros enumerados precedentemente deberán guardar un equilibrio razonable.
Las rendiciones de gastos deberán realizarse de acuerdo con las instrucciones emanadas de la Dirección de Administración de la Universidad.
Finalizado el proyecto, los bienes (libros, equipamiento, etc.) serán entregados a la Universidad y se procederá a inventariarlos.

4. De los directores de Proyecto,
Los directores de los proyectos seleccionados serán docentes de la Universidad del Aconcagua.
Son sus obligaciones:
4.1.   Presentar al CIUDA y por escrito un PRIMER  Informe, hasta el 18 de setiembre de 2007 ( treinta días antes de las Quintas Jornadas). En el apartado 13 se pautan las especificaciones del formato a respetar.
4.2.  Exponer el Informe en las Quintas Jornadas Anuales de Investigación de la UDA, según el Reglamento de las mismas.
4.3. Presentar un Segundo Informe, hasta el 17 de setiembre de 2008. En el apartado 13 se pautan las especificaciones del formato a respetar.
4.4. Este segundo informe deberá ser expuesto en las Sextas Jornadas Anuales de Investigación de la UDA, según el Reglamento de las mismas.
4.5. Presentar un Informe Final hasta el 16 de setiembre de 2009.
4.6. Exponer el Informe Final en las Séptimas Jornadas Anuales de Investigación de la UDA, según el reglamento de las mismas.

En síntesis. Se deberán presentar tres informes (primero, segundo y final) y se deberá exponer cada uno en las Jornadas Anuales de Investigación más próximas en el tiempo, respetando el Reglamento de la edición vigente.

La sede administrativa para toda presentación es la Secretaría de cada unidad académica.

Las fechas mencionadas son improrrogables.

4.7. No podrán proponer más de un becario alumno. La participación de un becario es optativa. Debe aclararse, no obstante, que suma puntaje en la grilla de evaluación del proyecto.
4.8. Proveer, al becario, los materiales necesarios para llevar adelante la tarea propuesta;
4.9. Entregar cuatro Informes detallados de los gastos realizados con sus comprobantes: antes de recibir la segunda cuota,  otro antes de recibir la tercera cuota, otro antes de recibir la cuarta y otro treinta días después de finalizado el trabajo, o junto con la presentación del Informe Final (lo que suceda primero); y
Nota:

  • Si alguna de las obligaciones indicadas en esta sección no se cumpliera, sería causal de exclusión en los posteriores Concursos de la UDA,
  • Si el proyecto no fuera finalizado (y los informes aprobados por el CIUDA) habilitaría a la UDA a solicitar el reintegro del subsidio otorgado.

5. De las pautas de selección de proyectos
5.1. Debe tener una duración bianual;
5.2. Debe presentarse en el formulario ad hoc (Anexo VI) preparado por el CIUDA, y que estará disponible en el sitio web de la Universidad.
5.3. Debe reunir requisitos de :

  • Pertinencia;
  • Razonabilidad;
  • Relevancia social;
  • Transferencia.
  • Interés científico

6.  De la evaluación de los proyectos
6.1. Se realizará por pares evaluadores externos propuestos por el CIUDA y aprobados por el Honorable Consejo Superior;
6.2. La evaluación de los pares se realizará considerando los siguientes aspectos:
6.2.1. Elegibilidad del proyecto para incluirlo en el orden de mérito: el proyecto deberá cumplir con todos las pautas  indicadas en el punto 5 (De las pautas de selección de proyectos);
6.2.2. Orden de mérito: considerando la planilla de evaluación (Anexo III) y asignación de puntajes, que ponderará los siguientes aspectos:
6.2.2.1 Director

  • las publicaciones realizadas
  • la dirección de proyectos que haya realizado o esté realizando
  • la formación de recursos humanos

6.2.2.2. Equipo de Trabajo

  • las publicaciones realizadas
  • la dirección de proyectos que haya realizado o esté realizando
  • la formación de recursos humanos

6.2.2.3. Plan de Trabajo

  • antecedentes
  • objetivos
  • metodología
  • plan de Actividades
  • justificación
  • factibilidad: coherencia entre antecedentes y objetivos; entre objetivos, entre objetivos y métodos y materiales;
        • En el caso de los grupos de reciente formación, la presencia de un Tutor afectará el puntaje final.

6.2.2.5. Recursos con que cuenta el proyecto, de otros orígenes
6.3. La lista de evaluadores se publicará antes del llamado a concurso.

  • 6.4. Los evaluadores desarrollarán su tarea ad honorem

7. De los pares evaluadores
7.1.  De su designación
Los pares evaluadores serán propuestos por el CIUDA y designados por el Honorable Consejo Superior.
7.2.  De la publicación del listado
En cada llamado a Concurso se publicará la lista de los evaluadores designados.
7.3.  De la recusación,
Los directores de proyecto que se hayan presentado podrán realizar un pedido de recusación basado en enemistad conocida con los evaluadores. Este pedido será evaluado y aprobado por el CIUDA, antes de someter los proyectos a la evaluación de los pares.
7.4. De su evaluación
Los pares evaluadores realizarán su trabajo basándose en la planilla de Evaluación de Proyecto y las notas aclaratorias para la confección de la evaluación. Se les asignará un plazo de diez (10) días para cada una de las tres tareas a desarrollar:

  • evaluación del proyecto, asignación de puntaje.
  • evaluación del informe de avance, reorientación de la labor investigativa.
  • evaluación del informe final, asignación de puntaje.

El trabajo de los pares se informará, exclusivamente, por correo electrónico.

8. De la adjudicación
8.1. Se realizará por Orden de Mérito;
8.2. El Orden se realizará en base al puntaje que provenga de los Evaluadores Externos;
8.3. El puntaje mínimo exigible para los proyectos presentados por grupos consolidados se fija en: 40 (cuarenta) puntos.
8.4. El puntaje mínimo exigible para los proyectos presentados por grupos de reciente formación se fija en: 35 (treinta y cinco) puntos.
8.5. En aquellos casos en que los dos evaluadores  no asignaren la condición de pertinente, razonable o el proyecto no alcanzare el puntaje mínimo - sin promediar con la opinión del otro evaluador asignado-, el proyecto será desestimado.
8.6. Se entregará subsidio al primero en el Orden de Mérito de cada Unidad académica, o inter-unidades, luego al segundo y así sucesivamente, hasta donde haya sido decidido por el Honorable Consejo Superior y deben haber superado los puntajes mínimos mencionados en 8.3  y 8.4.
9. Redistribución de fondos no asignados.
Si en alguna unidad académica no se completara el cupo asignado a este llamado a Concurso y quedaran, en consecuencia, fondos aprobados pero sin asignar, se procederá a  reasignar los subsidios no otorgados entre aquellos proyectos que hubieren alcanzado el puntaje mínimo exigido y que sigan en el orden de mérito en las restantes unidades académicas.
Se aplicará el siguiente procedimiento para  su redistribución:

  •  se elaborará un orden de mérito global entre todos los proyectos que en esta primer asignación no han resultado elegidos (en razón de ocupar el tercer puesto en adelante) y que hayan superado el nivel mínimo de calidad definidos por este reglamento (puntaje mínimo y cumplimiento de los criterios de calidad)
  • se determinarán los fondos que hayan quedado desiertos en esta primer evaluación (monto global);
  • se dividirá la totalidad de los proyectos determinados en a) por mitades (primera mitad del orden de mérito y segunda mitad del orden de mérito);
  • se ponderará la primera mitad de los proyectos por 2 y la segunda mitad por uno y se sumarán las ponderaciones obtenidas;
  • se dividirá la cantidad del punto b)  por la cantidad del punto d), obteniéndose así la base de asignación para cada proyecto;
  • se asignará el subsidio a cada proyecto en función de la base e) multiplicado por la ponderación 2 o la ponderación 1 indicada en d).
  • si el valor obtenido en el punto f) para los proyectos ponderados por 2, fuere superior al 90% del valor asignado al segundo puesto ($ 2.400), o sea  $ 2.160, se bajará su asignación a este valor y a los proyectos ponderados por 1, se los fijará en la mitad , o sea $ 1.080.
  • Si se aplicaran los límites indicados en el punto g), el remanente resultante se destinará a fomentar la difusión de las actividades de investigación en cada unidad académica, mediante un plan de acción que propondrá el CIUDA.

10. De los proyectos que no resulten financiados
Los proyectos que no reciban financiación (por aplicación del procedimiento establecido en el punto 8) pero que superen el puntaje mínimo recibirán el aval del CIUDA, si así se requiriera por el Director del proyecto.

      11. Del CIUDA
El CIUDA tendrá a su cargo:
11.1. organizar el llamado a Concurso;
11.2. darle adecuada difusión;
11.3. confeccionar las listas de evaluadores;
11.4. recibir las propuestas;
11.5. enviar los proyectos a la evaluación de los pares;
11.6. realizar el orden de méritos, sobre la base de los puntajes propuestos por los evaluadores;
11.7. Verificar la coherencia entre el monto solicitado para el proyecto y el trabajo a desarrollar
11.8. controlar el desarrollo de los proyectos aprobados;
11.9. evaluar los informes parciales y  finales, sobre la base de las evaluaciones académicas de los pares;
11.10. informar al Honorable Consejo Superior lo relacionado con el punto 11.6, 11.11  proponer los pasos a seguir de acuerdo con este reglamento.

12. De la rendición del subsidio recibido
El Director del Proyecto deberá realizar la rendición de gastos correspondiente al subsidio recibido considerando las pautas siguientes:

  • Los gastos que deberán rendirse son los indicados en el punto 3.3., mediante comprobantes emitidos por terceros, de acuerdo con las disposiciones impositivas vigentes y lo indicado por la Dirección  Administración de la UDA;
  • Se admitirá hasta un treinta por ciento del subsidio recibido rendido mediante factura propia del Director del Proyecto, consignando la leyenda “Reintegro de gastos del proyecto de investigación detallados a continuación”.

 

13. De la presentación de los informes:
El Director del proyecto subsidiado deberá presentar tres informes:
Primer Informe:  deberá presentarse por escrito, en papel formato A4, y mediante diskette, en formato word, con una extensión que no supere 10 páginas, escrito en interlineado sencillo, con letra Arial de 11”. Plazo máximo: lunes 18 de setiembre de 2007, hasta las 20 hs, en Secretaría de la unidad académica que corresponda.
Segundo Informe: deberá presentarse por escrito, en papel formato A4, y mediante diskette, en formato word, con una extensión que no supere 30 páginas, escrito en interlineado sencillo, con letra Arial de 11”. Plazo máximo: lunes 17 de setiembre de 2008, hasta las 20 hs, en Secretaría de la unidad académica que corresponda.
Informe Final: El Informe Final deberá ser presentado por escrito en un documento impreso y mediante diskette, en formato Word, escrito en interlineado sencillo, con letra Arial de 11”, en papel formato A4, con una extensión que no supere las 30 (treinta) páginas, incluyendo la bibliografía. Deberá ser firmado por sus autores. Plazo máximo: lunes 16 de setiembre de 2009.
Cada informe deberá ser expuesto en las Jornadas Anuales que corresponda, respetando las pautas establecidas en el Reglamento respectivo.

Los plazos establecidos son improrrogables.
           
            14. Para los proyectos a desarrollarse en sedes externas a la UDA
En aquellos proyectos en que la labor del equipo se desarrollare en sedes ajenas a la UDA se requerirá la incorporación al formulario  de presentación, de una autorización o constancia en donde se manifieste que se permitirá el ingreso, a dicha sede,  a todos los integrantes del equipo.

Estos requisitos están explicados y deben cumplirse en el marco del Anexo II


 
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